Todas las guías · Actualizado 19 de octubre de 2026 · 7 min de lectura

Verifactu para bares y restaurantes: qué cambia en tu caja

Qué es Verifactu, a quién obliga, qué fechas están vigentes en octubre de 2026 y qué tienes que cambiar en la caja de tu bar o restaurante.

Si tienes un bar o un restaurante, habrás oído hablar de Verifactu. Y seguramente también habrás oído tres fechas distintas. Aquí va la explicación corta, sin rodeos, y con las fechas que están en vigor hoy.

Qué es Verifactu, en una frase

Verifactu es el nombre corto del reglamento que obliga a que los programas de facturación en España funcionen de una forma concreta: cada factura o ticket genera un registro que no se puede borrar ni modificar sin dejar rastro, con una huella digital encadenada a la anterior y un código QR impreso. Lo regula el Real Decreto 1007/2023 y lo desarrolla una orden ministerial que fija los detalles técnicos.

La idea es sencilla: que no haya software “de doble caja” y que cualquier ticket se pueda comprobar. Para un negocio que ya factura bien, el cambio es técnico, no de fondo. Pero hay que hacerlo.

¿Obliga a mi bar?

Casi seguro que sí. Afecta a empresas y autónomos que emiten facturas con programas informáticos, incluidas las facturas simplificadas, que es lo que son los tickets de barra y de mesa. Da igual que seas sociedad o autónomo.

Hay excepciones que conviene conocer:

  • Las empresas acogidas al SII (Suministro Inmediato de Información), que ya envían sus registros a Hacienda, no entran en Verifactu. Son grandes empresas; un bar normal no está ahí.
  • En el País Vasco y Navarra existen sistemas propios (TicketBAI y su equivalente navarro) con sus propias reglas y calendarios.
  • Quien emite facturas a mano, sin ningún programa, no está obligado a usar software, aunque en hostelería es poco realista.

Si cobras con una caja registradora o un TPV que imprime tickets, estás dentro.

Las fechas, a día de hoy

Este es el punto que más confusión genera, así que vamos con cuidado.

El calendario original decía 1 de enero de 2026 para sociedades y 1 de julio de 2026 para el resto. En diciembre de 2025, el Real Decreto-ley 15/2025 (publicado en el BOE el 3 de diciembre de 2025) lo aplazó un año. Las fechas que están en vigor hoy, 19 de octubre de 2026, son estas:

  • 1 de enero de 2027 para los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades.
  • 1 de julio de 2027 para autónomos y el resto de obligados.

Y ahora la parte que hay que leer con prudencia. A principios de octubre de 2026, el Ministerio de Hacienda anunció su intención de aplazar de nuevo las obligaciones pendientes hasta octubre de 2028, para alinearlas con la entrada en vigor de la factura electrónica obligatoria entre empresas. En el momento de escribir esta guía, ese aplazamiento es un anuncio: no hay norma publicada en el BOE que lo haga efectivo. Hasta que la haya, las fechas legales siguen siendo las de 2027.

Nuestra recomendación es no apostar el negocio a un aplazamiento que todavía no está aprobado. Si quieres comprobarlo por tu cuenta, el sitio fiable es la sede electrónica de la Agencia Tributaria, en su apartado de sistemas informáticos de facturación (Veri*Factu), y el propio BOE.

Qué cambia en la caja y en los tickets

En el día a día, lo que notarás es esto:

  • El programa. Tu TPV o programa de facturación tiene que estar adaptado y venir con una declaración responsable del fabricante que diga que cumple. Si usas una caja registradora antigua que no genera registros con huella, no vale.
  • El ticket. Llevará un código QR que permite comprobarlo en la web de Hacienda. Si eliges la modalidad Verifactu, llevará además la leyenda “Factura verificable en la sede electrónica de la AEAT” o “VERI*FACTU”.
  • Dos modalidades. Puedes enviar los registros a Hacienda en el momento (modalidad Verifactu) o guardarlos firmados en tu sistema y conservarlos (modalidad no Verifactu). La primera es más cómoda: menos obligaciones de conservación y menos papeleo si hay una comprobación.
  • Nada de borrar. Un ticket equivocado no se elimina; se anula con un registro de anulación o se corrige con una factura rectificativa. Tu personal debe saberlo.
  • Sanciones. La Ley General Tributaria prevé sanciones tanto para quien fabrica software no adaptado como para quien lo usa. No merece la pena arriesgarse.

Qué hacer ahora, paso a paso

  1. Pregunta a tu proveedor de TPV si su programa está adaptado y pídele la declaración responsable por escrito. Si no la tiene o no te contesta, mal asunto.
  2. Si tu caja es antigua, valora cambiarla antes de la fecha límite que te aplique, con calma y sin la prisa de última hora, que es cuando los proveedores se saturan y suben los precios.
  3. Decide la modalidad. Para un bar, la modalidad Verifactu (envío automático) suele ser la más sencilla.
  4. Forma al equipo: cómo anular un ticket, cómo hacer una factura completa a un cliente que la pida, qué significa el QR.
  5. Revisa que la conexión a internet del local sea estable. Con envío automático, los registros se transmiten; el programa tolera cortes, pero cuanta menos incidencia, mejor.
  6. Aprovecha para ordenar: si vas a tocar la caja, es buen momento para añadir carta QR, control de stock o reservas.

Qué puede hacer Zeroframe

Revisamos tu programa actual y te decimos si cumple o no, sin compromiso. Si hace falta, adaptamos tu facturación o instalamos un TPV que genera registros verificables, envía a la Agencia Tributaria y deja el ticket con su QR, y formamos al equipo para que el primer día sea un día normal. Presupuesto cerrado y económico antes de empezar. Y si Hacienda confirma el aplazamiento, lo que hagas ahora seguirá valiendo: la norma técnica es la misma. Escríbenos y te decimos qué necesitas.

Preguntas frecuentes

¿Verifactu obliga a los tickets de barra?

Sí. Los tickets son facturas simplificadas y el programa que los emite tiene que cumplir el reglamento igual que con una factura completa.

¿Tengo que enviar cada ticket a Hacienda?

Solo si eliges la modalidad Verifactu, que envía los registros automáticamente. La otra opción es guardarlos firmados en tu sistema y tenerlos disponibles si te los piden.

¿Cuándo entra en vigor?

A día de hoy, las fechas en vigor son el 1 de enero de 2027 para sociedades y el 1 de julio de 2027 para autónomos. Hacienda ha anunciado un aplazamiento a octubre de 2028 que aún no está publicado en el BOE.

¿Puedo seguir con mi caja registradora de siempre?

Si es una caja que no genera registros de facturación con huella y encadenado, no. Habrá que actualizarla o cambiarla por una que cumpla.